Orbitec S.A.T.
Servicio tĆ©cnico electrĆ³nica, mantenimiento, accesorios
Garantias vienes de consumo
ā
Ley de GarantĆa en la venta de bienes de consumo
ā
A partir de la ley 23/2003, de 10 de julio, todos los productos nuevos que se vendan tendrĆ”n 2 aƱos de garantĆa y los de segunda mano 1 aƱo
Durante los 6 primeros meses, el consumidor podrĆ” reclamar de forma automĆ”tica el cambio o la reparaciĆ³n
El vendedor no podrĆ” cobrar, en ningĆŗn caso, por los gastos de desplazamiento, materiales o mano de obra
La Ley de GarantĆa en la venta de bienes de consumo, que amplia los derechos del consumidor frente a los productos defectuosos en su origen, entra en vigor. Esto supone en la prĆ”ctica que a partir de esta fecha, todos los productos que se vendan tendrĆ”n 2 aƱos de garantĆa. Hasta ahora, la garantĆa obligatoria sĆ³lo tenĆa una duraciĆ³n de seis meses.
La nueva Ley responsabiliza al vendedor de que los bienes se ajustan exactamente a lo estipulado en el contrato de compraventa. Asimismo, extiende la garantĆa a todos los bienes muebles, hasta los de segunda mano y los llamados productos consumibles (pilas, baterias, etcā¦) e incluye asimismo a las instalaciones, cuando Ć©stas se contemplan en la compraventa de un producto y el vendedor se responsabiliza o encarga de su instalaciĆ³n. En el caso de los bienes de segunda mano, la norma establece un periodo mĆnimo de garantĆa de 1 aƱo.
ā
CAMBIO O REPARACIĆN AUTOMĆTICO
El texto establece el derecho del consumidor a reclamar de forma automĆ”tica el cambio o la reparaciĆ³n del bien adquirido, a su elecciĆ³n, durante los seis primeros meses. En los dieciocho meses restantes, el comprador deberĆ” probar que el defecto es de origen y que en ningĆŗn caso se debe a un uso incorrecto.
En el caso de que resulte imposible el cambio del producto o su reparaciĆ³n, la Ley permite al consumidor optar por una rebaja adecuada en el precio, o por la resoluciĆ³n del contrato, con devoluciĆ³n de la cantidad pagada. Por su parte, el consumidor no podrĆ” exigir la sustituciĆ³n cuando se trate de bienes de segunda mano o bienes de imposible sustituciĆ³n por otros similares.
GRATUIDAD TOTAL
TambiĆ©n estipula que la reparaciĆ³n o el cambio son completamente gratuitos y subraya que en ningĆŗn caso el vendedor podrĆ” cobrar por los gastos de desplazamiento, materiales o mano de obra.
ā
GARANTĆA COMERCIAL
La ley deja abierta la posibilidad de que el vendedor ofrezca adicionalmente una garantĆa comercial mĆ”s ventajosa que tendrĆ” en todo caso el contenido mĆnimo que exige la norma y que a peticiĆ³n del consumidor deberĆ” formalizarse al menos en castellano, por escrito o en cualquier otro soporte duradero.
Por experiencia podemos decir que la malloria de fabricantes dan como garantia el primer aƱo, a partir del cual miran con "lupa" las causas de la averia. (piezas decoraticas, Bloques opticos; Finales de potencia y en general toda pieza sujeta a desgaste)., son tratadas como mal uso o instalacion del usuario, rechazando su tramitae en garantia
ā
ORIENTACIĆN
Para mĆ”s informaciĆ³n sobre el contenido de esta ley y sobre el procedimiento para presentar una reclamaciĆ³n relacionada con la garantĆa de bienes de consumo, los consumidores podrĆ”n dirigirse a las asociaciones de consumidores o usuarios, a los Servicios de Consumo de su Comunidad AutĆ³noma o a las Oficinas Municipales de InformaciĆ³n al Consumidor de su Ayuntamiento.
Todo lo aqui expuesto a sido extraido de la pƔgina web del Instituto Nacional del Consumo segun nuestro entendimiento, para mas informacion:(http://www.consumo-inc.es/)